lunes, 15 de octubre de 2018

#PGE2019 y Autónomos... ¿qué pasará?

El Ministerio de Hacienda, tendrá que remitir antes del 16 de Octubre el Plan Presupuestario para 2019, que aunque tiene cabos sin atar... tiene novedades importantes que pueden afectar de manera directa a las cotizaciones de los autónomos para el próximo año.

Aunque hay expertos que dicen que no, yo que no lo soy tanto, auguro una relación directa entre el incremento a 900€ del SMI y la adecuación de bases de cotización mínimas a los autónomos de dicho salario.

¿Cómo se calcula esto? Vamos a ver si somos capaces
  • Salario Mínimo para 2019 - 900€ x 14 mensualidades
  • Salario Mínimo anual 12.600€
  • Cotización Mínima mensual 1.050€
Con estos simples números que acabo de realizar, podríamos deducir que un Autónomo persona física que está en base mínima (el 80% de ellos), en condiciones normales pasaría a tener una base de 1.050€, lo que daría una cotización o cuota de 313,95€.

Para aquellos que no lo conozcan, la cuota del autónomo se calcula, en condiciones normales sin situaciones especiales, multiplicando la base que se posee, por el 29,90%.

En la actualidad, la base mínima es de 932,70€, que deriva en una cuota mensual de 278,88€.



Preguntas que surgen:
  1. ¿Pasará la base mínima RETA de 932,70€ a 1.050,00€
  2. Por consiguiente, ¿la cuota aumentará a 313,95€?
  3. ¿No es una carga demasiado alta para un autónomo tener que soportar 420€/año más?
Además, como algunos conocerán, los autónomos societarios (recuerda mi post Cuotas Vip o Gold en los Autónomos) tienen una cuota superior, en estos momentos 358,53€ mensuales, que teóricamente no está vinculada con el SMI, con lo cual, no deben tener un incremento tan importante... ¡¡se supone!!


Lo curioso del caso es que queremos eliminar el empleo sumergido, los trabajos sin facturar, incrementando bases al ciudadano de a pie, al autónomo que día a día se levanta luchando por conseguir llegar a fin de mes.

¿Se imaginan que a todos los asalariados de nuestro país les minorarán de repente 420€ al año de su nómina?

Añadir, que el incremento del SMI tiene una posibilidad de debate espectacular. No conviene olvidar, que el SMI es indicador para determinados pagos, subvenciones, límites salariales, embargos, etc. que también sufrirán importantes modificaciones. Al final, el incremento del SMI surte efecto en todos los sitios menos donde debería, en el bolsillo de los perceptores (a su favor claro) puesto que... muy pocos trabajadores en nuestro país son objeto de este indicador a la hora de cobrar su nómina.

Eso sí... yo pienso... por ejemplo, en un trabajador de un Grado Administrativo que se incorpora en prácticas... ¿tendrá la misma posibilidad de entrar en el mercado laboral con un salario de 1.050€ mensuales como mínimo sin tener una capacidad de producir en un medio corto plazo? Complicado lo veo...

A la hora de legislar, además de para la galería, hay que hacerlo con los números muy bien hechos en la libreta. Los relojes "chinos", son muy bonitos por fuera, pero su mecanismo es rudimentario y barato. Esperemos que no nos pase eso a los españoles.

En definitiva:

Habrá que esperar que dice Europa, y confiar en que estos cambios, sean positivos para nuestro Mercado Laboral, dañado de por si y que no está pasando por los mejores momentos precisamente.

¡Mantendremos la ilusión!

P.D. Lo de los ingresos reales... ya si eso lo dejamos para otro día... con un Kas de Limón, pero esta vez con gotas





Alberto Joven
info@albertojoven.com
ajoven@seikoasesores.es

Twitter: @alberjv

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