Los Presupuestos Generales del Estado, que se publicaron el pasado día 28 de diciembre, nos indican los límites de cotización, máximos y mínimos, para el ejercicio que hemos comenzado.
En principio, las bases mínimas tienen un incremento de un 0,6%, mientras que para las bases máximas será del 5%. Aprovecho para informaros, que el Salario Mínimo Interprofesional ha sido fijado en 645,30 euros o 21,51 euros, en base a que el salario este fijado por mes o por día.
Régimen General
En principio, las bases mínimas tienen un incremento de un 0,6%, mientras que para las bases máximas será del 5%. Aprovecho para informaros, que el Salario Mínimo Interprofesional ha sido fijado en 645,30 euros o 21,51 euros, en base a que el salario este fijado por mes o por día.
Régimen General
Base mínima: 753,00 euros/mes para trabajadores encuadrados desde el grupo 4 al 11, 758,70 euros/mes para grupo 3, 872,40 euros/mes para el grupo 2 y 1.051,50 euros/mes para el grupo 1. En los casos de cotización por días, la base mínima se fija en 25,20 euros/día.
Base máxima: 3.425,70 euros mensuales o de 114,19 euros/día en grupos profesionales que se cotice por días. Esta base máxima se ha actualizado en un 5% respecto el 2012, que se situaba en 3262,50 euros mensuales.
Régimen Especial Trabajadores AutónomosBase mínima: 858,70 euros, con una cuota de 256,75 euros mes
Base máxima: 3.425,70 euros, con una cuota de 1.024,28 euros mes.En este Régimen, existen una serie de casuísticas en base a la edad del aútonomo, con unos topes definidos. La elección de bases es libre hasta los 47 años, existiendo después unos límites de 1.682,70 ó 1.888,80, dependiendo de los años del trabajador.
A pesar de que estas tablas han sido publicadas en los Presupuestos Generales del Estado, son susceptibles de variación, y de hecho en algunos ejercicios anteriores, se han producido cambios sobre todo en los límites mínimos de cotización, por lo que conviene consultar las posibles correcciones que publique el BOE.
Base máxima: 3.425,70 euros mensuales o de 114,19 euros/día en grupos profesionales que se cotice por días. Esta base máxima se ha actualizado en un 5% respecto el 2012, que se situaba en 3262,50 euros mensuales.
Régimen Especial Trabajadores AutónomosBase mínima: 858,70 euros, con una cuota de 256,75 euros mes
Base máxima: 3.425,70 euros, con una cuota de 1.024,28 euros mes.En este Régimen, existen una serie de casuísticas en base a la edad del aútonomo, con unos topes definidos. La elección de bases es libre hasta los 47 años, existiendo después unos límites de 1.682,70 ó 1.888,80, dependiendo de los años del trabajador.
A pesar de que estas tablas han sido publicadas en los Presupuestos Generales del Estado, son susceptibles de variación, y de hecho en algunos ejercicios anteriores, se han producido cambios sobre todo en los límites mínimos de cotización, por lo que conviene consultar las posibles correcciones que publique el BOE.
Alberto Joven
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