miércoles, 25 de mayo de 2016

Estar o no estar, "That is the question"


Anda si le dicen a William Shakespeare, que un sucedáneo de su frase iba a ser utilizada por Alberto Joven para titular un post sobre innovación, redes sociales, formación... en 2016... ¿¿Qué hubiese dicho??

Y es que, el título lo dice todo. ¿Estar o no estar? ¿Qué opinas? Yo solo tengo una respuesta a eso..."Tú verás", así de fácil y así de sencillo. No te digo nada, y te lo digo todo.

Y me podrás decir... Mariano Alierta no está o Botín no tenía Twitter, o Amancio Ortega nunca ha entrado en una web. Y yo te daré la razón, y te agradeceré que te compares con esas personas, porque me estaré quitando de un plumazo competencia. Nunca podrás competir conmigo si piensas así. ¡¡Gracias!! Te puedes conectar al Marca (te dejo hasta el enlace) porque mi post ya no te interesa.

El Marketing ha cambiado, y no es que lo haya hecho de forma definitiva, sino que lo sigue haciendo. Los métodos de competencia, son otros. Nuestros valores potenciales y nuestros riesgos, distintos. Las alertas entran de otro modo. Las discusiones de bar, duran 2 minutos y 13 segundos, justo hasta que uno de los "discutidores" saca su smartphone y busca en Google la solución. Entonces, todos conocen la respuesta y brindan con su Kas de limón. Claro, pero Amancio Ortega no tiene smartphone. El día que el Kas de limón te lo tomes con él, tendrás la suerte de poder discutir durante mucho más tiempo. ¡¡Enhorabuena!!



Y aquí es cuando entra tu decisión. Tú decisión de si quieres seguir compitiendo por el método tradicional, o sin embargo vas a crear tu plan de comunicación para argumentar y defender tu profesionalidad y buen hacer ante quien busque información. ¿Y dónde se busca hoy información? Venga que te voy a dar unas pistas: 
  • ¿Dónde has mirado el tiempo del fin de semana?
  • ¿Dónde buscas donde ir de vacaciones en agosto?
  • ¿Dónde comparas y observas comentarios del restaurante donde irás el viernes?
  • ¿Dónde compras la entrada para el concierto de ACDC de Octubre en Barcelona?
  • ¿Dónde lees los periódicos de tu provincia cuando estás en la playa?
  • ¿Dónde haces el seguimiento de tu pedido de Seur?

... Y podría darte más pistas eh, pero es que entonces sabríamos los dos lo mismo. Quizá si no me crees, y sigues leyendo este post (aunque te dejé antes el enlace a Marca) deberías intentar conectar con Amancio Ortega.

Ya sabéis que me gusta darle un toque de humor y sarcasmo a mis post, pero esto de lo que estoy hablando es muy serio. Los tiempos han cambiado, los métodos de contratación también, la competencia cambia de estrategia, y quizá sea el momento de que te sientes, y busques verdaderamente soluciones a tu plan de negocio.

El 17 de Noviembre de 2015, ya te pregunté en este blog ¿Quién será tu cliente dentro de 10 años?. Hoy, hace 191 días que te lo pregunté ¿sigues sin saberlo? ¿has hecho algo por saberlo? ¿no te interesa saberlo?

En definitiva, "estar o no estar, no es la cuestión", sino que hay que estar optimizando todos tus recursos, y haciendo de la red, un entorno comercial que te permita darte a conocer.

Cómo decía Luis Aragonés... "¿Quién coño se acuerda de los segundos?". Pues eso... allá voy, a intentar ser el primero.

¡¡¡Gracias a todos por leerme!!!!



Alberto Joven

viernes, 6 de mayo de 2016

Y yo, ¿tengo que hacer declaración? #Renta2015

Mayo 2015... tiempo de rentas, tiempo de declaraciones, ¿pagaré? ¿me devolverán? ¿yo tengo que hacer declaración? ¡¡a mi siempre me sale a devolver!! ¡¡yo siempre pago!! ¡¡me dijo mi cuñado que a ti te tendría que  salir a devolver...!! ¡¡tu primo dice que no tengo que hacer declaración!!

¿Quién no ha escuchado alguna vez alguna de esas frases? ¡¡Seguro que todos!! Recuerden, en el segundo sitio que más se sabe de Leyes en España, es decir, la barra del bar, son frases que cualquiera podrá escuchar en cualquier momento del día. Ahí va mi famoso Kas de Limón... ¿os apostáis uno a que este fin de semana escucháis alguna de esas frases?

Existe un desconocimiento general, a veces porque no queremos escuchar o porque hacemos caso a quien no debemos, de cuando tenemos obligación o no de confeccionar nuestra declaración de la renta. También sobrevuela una especie de "leyenda urbana", que afirma que Hacienda te devuelve lo que te ha retenido en la nómina. ¡¡¡Error!!! Hacienda, es decir, la Agencia Tributaria, solo te devuelve lo que te ha retenido de más, es decir, lo que es tuyo, lo que no debías de haber pagado y previamente le has pagado.




Por no hacer un post demasiado extenso, solo os comentaré un par de cosillas, que posiblemente algunos sepáis, pero que habrá gente a la que seguro le saca de alguna duda.

Debemos separar dos conceptos diferentes.
  1. Obligación de hacer declaración
  2. Obligación de retener
La obligación de realizar Declaración de la Renta, nace si se obtienen rendimientos de trabajo por encima de los 22.000 euros de un solo pagador, siempre y cuando no existan otros condicionantes que nos obliguen por el hecho de percibir otro tipo de remuneraciones (desempleo, rentas de capital mobiliario, etc.) o bien que nos convenga realizarla por tener desgravaciones como pueden ser las de Vivienda Habitual. Es obvio, que cuando hay más de un pagador, en determinados importes, o cuando se mezclan importes obtenidos de Fogasa o Desempleo, es necesario confeccionar la Declaración de la Renta.

Por ejemplo, si usted ha percibido 18.750 euros de un solo pagador, no tiene hipoteca y sus retenciones son correctas en la nómina, no tiene porque realizar Declaración de la Renta, ni la AEAT tiene obligación de devolver importe alguno. Usted habrá cobrado un importe, su empresa habrá retenido un IRPF, y con ello se hallará saldado con la Agencia Tributaria.

La obligación de retener, nace a partir de la percepción de los 12.000 euros brutos anuales desde la última Reforma Fiscal. Debe quedar claro que no es lo mismo "obligación de retener" que "obligación de presentar declaración". Si vosotros tenéis una nómina bruta de 1.200 x 12 (14..400 euros anuales), no estaréis obligados a presentar declaración, pero si que tendréis una retención en vuestro recibo de salarios, que, dicho sea de paso, no tiene que ser devuelto por la Agencia Tributaria.

En definitiva, ¿qué recomiendo? Siempre contactar con profesionales fiscales, y NUNCA aceptar el borrador que nos envía la Agencia Tributaria sin antes haber comprobado cada uno de sus puntos. Os recuerdo, que al aceptar el borrador, estáis dando fe de los datos que ellos os han imputado, con lo cual, si alguno de ellos no es correcto, conllevará la correspondiente sanción tributaria.

En el siguiente enlace Servicios de Renta 2015, tenéis información de la Agencia Tributaria donde podréis acceder, digitalmente, a vuestros datos fiscales con el fin de aclarar alguno de los puntos que aquí hemos tratado. Por supuesto, insisto, antes de aceptar cualquier declaración, conviene contactar con profesionales fiscales que nos puedan asesorar en el asunto.

¡¡Suerte con la campaña de #Renta2015 y gracias por leer mi blog!!


Alberto Joven