¿Alguna vez te ha dado un "golpe" el porcentaje de IRPF en tu nómina de diciembre?
Si tu respuesta es NO, suerte has tenido amig@ puesto que el actual modelo de retenciones de la Agencia Tributaria, hace que en determinados umbrales de percepciones anuales, la más mínima variación salarial, termine asustando el bolsillo del trabajador vistiendo de incremento de IRPF. ¡¡Miedo!!
Por el contrario, si tu respuesta es SI, seguro que te han explicado que es debido a que se ha realizado la "regularización de diciembre" y eso... no es del todo correcto. Este comentario, suele ser reafirmado y asegurado en el segundo lugar donde más leyes se fijan en España por detrás del Parlamento. Hablamos, de las barras de los bares.
¿Hablamos en términos coloquiales? Yo creo que mejor.... nos entenderemos todos. La Agencia Tributaria, Hacienda, como le llamamos todos, quiere que a final de año, tengamos saldada en buena medida nuestra deuda con ellos, es decir, quiere que los porcentajes de renta estén cuadrados de tal forma, que a final de año, el importe de nuestra retención sea exacta en base al bruto que hemos percibido. Pero... ¿es eso factible al 100%? En la mayoría de los casos, rotundamente NO.
Muchos "diciembres" llevo a mis costillas, y año tras año siempre hay sorpresas. La norma, obliga a regularizar el IRPF cuatro veces al año, una por trimestre (Marzo, Julio, Octubre y Diciembre)... pero (que no se entere nadie) pobre del que solo regularice en esas ocasiones...
Como el que escribe es un poco puntilloso con este tema, recomiendo realizar regularizaciones mensuales, y siempre ir adaptando el porcentaje a la realidad salarial. Con ello, evitaremos sorpresas de última hora y aún así... "haberlas haylas", como las meigas.
Por supuesto, los cambios salariales, incrementos por convenio, variables o bonus, disparan mucho más el porcentaje cuanto más se acerca el final del ejercicio, pero es una operación obvia. Tenemos que pagar más cuota de IRPF en menor número de tiempo. Resultado, incremento directo del porcentaje con enfado del personal incluido. ¿Y qué pasa si no regularizamos esos casos mensualmente? "Golpe" de IRPF en diciembre. Así de fácil y así de sencillo.
Existen casuísticas que no han sido bien tratadas por la norma y que año tras año causan problemas en el programa de retenciones de la AEAT. Determinados saltos de tramos (comprobados y buscados justo en el céntimo del salto), exceso de variables en el último trimestre, premios o comisiones a 31 de diciembre, conllevan graves incrementos que son difíciles de explicar a quien lleva todo un año esperando una percepción económica. Complicado
En definitiva, ¿qué recomiendo?
- A las empresas/asesorías realizar mensualmente las regularizaciones de IRPF, y jamás esperar a Diciembre a realizar una regularización.
- A los trabajadores/perceptores, recomendarles comprensión, que el programa no es exacto y que tiene sorpresas pese a que se realicen todos esos controles de los que he hablado. Nosotros, simplemente somos los que "pulsamos" el botón, pero no quien realiza la retención del impuesto.
También comentar, que existe la posibilidad de solicitar un IRPF voluntario al inicio de cada ejercicio por parte del perceptor, lo que en algunos casos, aliviaría y ayudaría a la hora de determinadas sorpresas de final de año.
Poco más que decir... que el programa de retenciones se apiade de vosotros... y de nosotros, que al fin y al cabo somos los que sujetamos el paraguas cuando nos caen los comentarios por los "golpes".
¿Qué les costaría a nuestros amigos legisladores contar con los que le damos al "Enter" de vez en cuando?
Una vez más... ¡¡¡gracias por leer mi blog!!!
¿Qué les costaría a nuestros amigos legisladores contar con los que le damos al "Enter" de vez en cuando?
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Alberto Joven
info@albertojoven.com
Twitter: @alberjv
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